La Sección Quinta del Consejo de Estado dejó sin efectos la resolución del 6 de junio de 2024 que había designado a Leopoldo Múnera como rector de la Universidad Nacional de Colombia para el periodo 2024-2027. Con esta decisión, emitida en única instancia, el alto tribunal resolvió ocho acciones de nulidad presentadas contra ese nombramiento.
El pronunciamiento señala que el trámite para elegir rector ya había finalizado el 21 de marzo de 2024, día en el que el Consejo Superior Universitario (CSU) escogió a José Ismael Peña Reyes. Esa decisión, recordó el tribunal, quedó amparada por la presunción de legalidad y no podía ser modificada posteriormente mediante actuaciones administrativas adicionales.
La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad del acto que nombró al señor Leopoldo Múnera Ruiz como rector de la Universidad Nacional de Colombia
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Según la sentencia, el CSU —entonces presidido por la ministra de Educación de la época, Aurora Vergara— aplicó de forma equivocada el artículo 41 de la Ley 1437 de 2011. La norma permite subsanar irregularidades durante el trámite administrativo, pero únicamente antes de que se produzca el acto definitivo. Para el Consejo de Estado, el proceso ya estaba cerrado con la designación de Peña, por lo que cualquier intento de corrección posterior excedía la competencia del órgano universitario.
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La corporación advirtió que el CSU actuó por fuera de sus facultades y desconoció que los actos de nombramiento o elección solo pueden ser invalidados por vía judicial. De esta manera, el Consejo de Estado concluyó que Múnera no podía ocupar la rectoría y dejó en manos de la Universidad Nacional las decisiones sobre el retorno o no de José Ismael Peña al cargo.
El fallo contrasta con otra determinación del mismo tribunal, emitida el 4 de septiembre del mismo año, cuando la Sección Quinta negó una demanda que buscaba anular la elección inicial de Peña. En esa ocasión, la sala consideró que el proceso había seguido los procedimientos internos, respetado el resultado de la consulta con la comunidad académica y aplicado correctamente el método de votación.
Tras la decisión más reciente, la Procuraduría General de la Nación informó que activó un seguimiento preventivo sobre la situación institucional de la Universidad Nacional. La entidad insistió en que el CSU sobrepasó los límites establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y advirtió que dicho exceso podría generar responsabilidades disciplinarias para quienes intervinieron sin competencia en el trámite.
La Procuraduría también pidió a la Universidad Nacional y al Ministerio de Educación adoptar de inmediato las medidas necesarias para cumplir lo ordenado por la alta corte y reportar las actuaciones que realicen en adelante frente a este caso.
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