A través de un fallo en segunda instancia, la Sala Octava de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia confirmó parcialmente la sentencia del Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Medellín, que ordenó al Inpec, a la Uspec y al operador de los alimentos mitigar las anomalías y la mala alimentación que sufrían los demandantes, internos de la cárcel de El Pedregal, una situación que, según indicaron, vulneraba sus derechos fundamentales.
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Según lo expuesto en la sentencia, los internos sufrían una alimentación deficiente, en horarios no acordes, a veces con una ración al día. “Indicaron que les retiraron la sopa y en ocasiones solo les suministran el desayuno, tampoco les suministran frutas, por lo que se encuentra en riesgo su salud y la vida misma al no tener una alimentación balanceada”, según el fallo.
Decisión del tribunal
En fallo de segunda instancia, el tribunal ordenó:
A la Uspec: garantizar y asegurarse de que la Unión Temporal UT Integración Uspec 2025 “suministre una adecuada alimentación a los accionantes mientras se encuentren recluidos en el Complejo Carcelario y Penitenciario en concordancia con los requerimientos contractuales de cantidad, calidad, cumplimiento del menú y horario de entrega, para ello el Uspec realizará todas las actuaciones administrativas que correspondan sobre la UT para evitar demoras y dilaciones injustificadas por parte de la referida contratista”.
Al Inpec: que, dentro de El Pedregal, a través del Comité de Seguimiento al Suministro de Alimentación, “realice la inspección, control y seguimiento al suministro de alimentación a los accionantes, una vez estén los insumos dentro del establecimiento carcelario, sobre el gramaje, cumplimiento de horarios de distribución, que esta se encuentre en buenas condiciones y que se les brinden las 4 raciones correspondientes a desayuno, almuerzo, cena y refrigerio”.
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A la Unión Temporal UT Integración Uspec 2025: que suministre “una adecuada alimentación a los internos de El Pedregal mientras se encuentren recluidos en el Complejo Carcelario y Penitenciario en los tiempos, cantidades, raciones y calidad acorde con lo dispuesto en su contrato”.



El proceso judicial
Durante el primer proceso, la Uspec (Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios) alegó que no era su competencia, sino del contratista encargado. El Inpec (Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario) indicó que le corresponde realizar el seguimiento del suministro de alimentos y no de los contratos, competencia, según alegaron, de la Uspec.
Ante esto, el contratista Unión Temporal UT Integración Uspec 2025, encargado de la alimentación, alegó dificultades en el traslado de la comida producto de una decisión de la Secretaría de Salud de Medellín de cerrar la cocina de El Pedregal por mal estado de las instalaciones, por lo cual esta tenía que ser trasladada desde Copacabana.
El Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Medellín ordenó corregir dichas anomalías el pasado 6 de agosto. Inconformes con la decisión, la Uspec, el Inpec y la Unión Temporal UT Integración Uspec 2025 la impugnaron ante el Tribunal Administrativo de Antioquia, el cual confirmó la sentencia este lunes 22 de septiembre, quedando para los demandados, o bien cumplir la orden, o bien recurrir a la Corte Constitucional.
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