A partir de este fin de semana, entra en vigor uno de los primeros cambios concretos de la reforma laboral aprobada recientemente por el Congreso de la República: el aumento en el recargo por trabajo en domingos y festivos, que pasa del 75 % al 80 %. Así lo confirmó el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, durante su intervención en el Foro de Desarrollo Local de la OCDE, realizado en el centro de convenciones Puerta de Oro, en Barranquilla.
Este incremento hace parte de una implementación gradual. De acuerdo con el ministro, la tarifa del 80 % se aplicará durante el segundo semestre de 2025, aumentará al 90 % en 2026 y alcanzará el 100 % en 2027, tal como operaba antes de la expedición de la Ley 789 de 2002.
Otro ajuste importante tiene que ver con la jornada nocturna, que también será modificada por la nueva legislación laboral. Aunque esta medida no entra en vigor de inmediato, el ministro explicó que en un plazo de seis meses comenzará a reconocerse el recargo nocturno a partir de las 7:00 p. m., dos horas antes de lo que establece actualmente el Código Sustantivo del Trabajo, que fija el inicio de la noche laboral a las 9:00 p. m.
Con esta modificación, los trabajadores que presten sus servicios en horario nocturno recibirán una mayor compensación por laborar fuera del horario diurno, lo que también impactará directamente en sectores como la vigilancia, el comercio y la hospitalidad.
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Además de los ajustes en los recargos, la reforma laboral también plantea un cambio estructural en el modelo de contratación, especialmente en el sector público, donde han proliferado las órdenes de prestación de servicios (OPS). El ministro Sanguino criticó fuertemente esta modalidad y anunció que la regla general será el contrato a término indefinido, limitando el uso de las OPS y de los contratos a término fijo a tareas que no sean misionales.
En ese sentido, recordó que la ley establece que los contratos a término fijo no podrán extenderse más allá de cuatro años, y que después de ese plazo deberán convertirse en contratos a término indefinido. El Ministerio de Trabajo, en coordinación con el Ministerio de Salud, prepara un decreto reglamentario para aplicar esta transición en el sector salud, uno de los más afectados por la contratación precaria.
Otro punto clave que desarrollará la reglamentación de la reforma tiene que ver con la formalización de trabajadores de plataformas digitales, como repartidores y domiciliarios. La ley establece un plazo de un año para que estos trabajadores sean vinculados bajo alguna de dos modalidades: como empleados dependientes o como independientes con protección social parcial.
En el segundo caso, las plataformas tecnológicas deberán asumir el 60 % de los aportes a salud y pensión y el 100 % de los aportes a riesgos laborales, mientras que los trabajadores cubrirán el 40 % restante. Esta medida busca garantizar condiciones mínimas de seguridad social para un sector en crecimiento, pero que hasta ahora operaba en condiciones de alta informalidad.
La reforma también incluye obligaciones para los empleadores de trabajadoras domésticas, quienes deberán firmar contratos por escrito, registrar el vínculo laboral en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y respetar todos los derechos laborales establecidos. El Gobierno tiene hasta enero de 2026 para reglamentar este aspecto.
Aunque las medidas han sido bien recibidas por sectores sindicales y organizaciones laborales, también han generado inquietudes en el sector empresarial. Para el abogado laboralista Gonzalo Arce Charris, los cambios representan un avance hacia la formalización, pero advierte que su implementación deberá tener en cuenta las dinámicas del mercado y el clima de inversión.
“La reforma apunta a mejorar la estabilidad del empleo, pero su ejecución debe ser responsable. Hay que equilibrar los derechos laborales con la sostenibilidad empresarial y la atracción de inversión extranjera”, explicó Arce.
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